Extranjería y Nacionalidad Española: Guiándote hacia la Ciudadanía con Éxito

Tu socio legal en trámites de nacionalidad española

Diversos Caminos hacia la Nacionalidad Española

En nuestro bufete legal, entendemos que la obtención de la nacionalidad española es un paso importante en tu vida. Ofrecemos servicios especializados en extranjería y nacionalidad que abarcan varios caminos para adquirir la ciudadanía española, desde la nacionalidad por residencia hasta la opción, pasando por la vía de los sefardíes y más. Nuestro objetivo es guiarte a través de estos procesos con conocimiento y profesionalismo, brindándote la representación legal que necesitas para lograr un resultado exitoso.

Nacionalidad por residencia

La nacionalidad española puede obtenerse por el paso del tiempo.
Exige la residencia en España durante
diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Este plazo puede reducirse:

– Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
–Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
– Un año, en los siguientes casos:

  • El que haya nacido en territorio español.
  • El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
  • El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
  • El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
  • El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho, o judicialmente.
  • El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

A parte de la BUENA CONDUCTA cívica y suficiente grado de INTEGRACIÓN en la sociedad, el interesado este debe realizar y aprobar dos exámenes. El primero consiste en demostrar un nivel de español equivalente al A2, a menos que provengas de un país de habla hispana. El segundo examen, conocido como CCSE, evalúa los conocimientos culturales y sociales de España. Ambos exámenes son organizados por el Instituto Cervantes.


Pueden solicitar la nacionalidad

  • El interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
  • El mayor de 14 años asistido por su representante legal.
  • El representante legal del menor de 14 años.
  • La persona con la capacidad modificada judicialmente por sí solo o el representante legal de dicha persona, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.

Nacionalidad española por opción

El derecho de Opción a la nacionalidad española deviene a través de un vínculo con España, distinto a la residencia legal, por lo que es un beneficio que nuestra legislación ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, sin necesidad de residir previamente en territorio español. En otras palabras, la nacionalidad por opción beneficia específicamente a aquellos menores de edad que tienen padres que se han nacionalizado como españoles.

Si usted ha obtenido su nacionalidad española recientemente y tiene un hijo menor de edad o que este bajo su tutela, entonces usted puede solicitar la nacionalidad por opción para su hijo/a.

Si sus hijos son mayores de edad pueden solicitar la nacionalidad por opción sólo en el supuesto de que al momento de que su padre/madre hizo la jura, el hijo/a tenía 18 años. En este caso, tendrá un plazo de 2 años para poder solicitar la nacionalidad por opción.

Requisitos para la nacionalidad española por opción

  • Aquellas personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
  • Aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
  • Aquellas personas cuya determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los padres de una persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años. En este supuesto, el plazo para optar a la nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.
  • Aquellas personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

¿Quiénes pueden realizar la opción?

  • Si quien tiene derecho a la opción fuera menor de edad o incapacitado, la declaración de opción se realizará por el representante legal del optante. Para hacerlo necesitará autorización del Encargado del Registro Civil del domicilio del representante legal, previo dictamen del Ministerio Fiscal.
  • Si el interesado es mayor de catorce años, lo hará el mismo asistido de su representante legal.
  • El incapacitado, si así se lo permite la sentencia de incapacitación.
  • El interesado si está emancipado: Esta posibilidad caduca cuando el interesado cumple 20 años de edad, salvo que por su ley personal el interesado no adquiera la mayoría de edad a los 18 años de edad, en cuyo caso el plazo será de dos años desde que adquiera la mayoría de edad.

En virtud del derecho a Optar a la nacionalidad española, los hijos de españoles nacionalizados en España pueden adquirir la nacionalidad siempre que la soliciten antes de cumplir 20 años de edad y toda vez que su progenitor haya realizado el juramento o promesa de rigor para la obtención de la nacionalidad, antes de que el optante haya cumplido la mayoría de edad.

La solicitud puede realizarse, tanto en España, ante el Registro Civil del domicilio del interesado o ante las representaciones diplomáticas de España en el país de origen.

Nuestro Compromiso: Tu Éxito en la Nacionalidad Española es Nuestra Meta

En nuestro bufete legal, nos dedicamos a brindarte la asistencia legal que necesitas en tu búsqueda de la nacionalidad española. Desde la vía por residencia hasta los recursos en casos de denegación, contáctanos hoy mismo para obtener el apoyo legal que requieres en este importante proceso.

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Comunícate con nosotros y descubre cómo podemos trabajar juntos para asegurarte una transición exitosa y legal hacia la ciudadanía española, protegiendo tus derechos y bienestar en cada paso del camino.

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